Los Delegados, líderes y habitantes ancestrales de los 24 Territorios Indígenas reconocidos legalmente en Costa Rica creemos que ya es hora de que el proyecto de “Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas” Expediente 14.352, sea discutido y aprobado por el Plenario de la Asamblea Legislativa.
Estamos haciendo esta respetuosa solicitud porque los habitantes originarios de estas tierras somos ciudadanos con derechos en el Estado costarricense, es más, somos los primeros habitantes de este país. Según el censo del año 2000 los Pueblos Indígenas costarricenses constituimos el 1.7% de la población, aunque según nuestras propias estimaciones ese porcentaje es mayor. Muchos de nosotros nos hemos visto obligados a vivir fuera de nuestros territorios, debido a la falta de oportunidades en las áreas de educación, servicios de salud, trabajo, etc.
Somos expresión de 8 culturas que viven en los 24 territorios indígenas, que conforman el 7% del territorio nacional que por ley se nos ha reconocido, pero que en la práctica no se ha cumplido debido a las invasiones de nuestras tierras por parte de extraños, consideramos que la aprobación de esta ley nos brindaría un instrumento jurídico actualizado para hacer cumplir nuestras demandas.
¿Qué nos otorga el proyecto de ley?
El proyecto de Ley nos otorga el principio de desarrollo autónomo a los Pueblos Indígenas es decir el reconocimiento y respeto, por parte del Estado, de nuestras formas de organización propia, la representación social y la administración de los territorios indígenas, elaborar nuestro propio plan indígena de desarrollo comunitario en el marco de nuestras costumbres, tradiciones y cosmovisiones.
Reitera el derecho de los Pueblos Indígenas a la propiedad sobre todo nuestro territorio, los sitios de carácter ceremonial, espiritual y de interés cultural o medicinal de los pueblos.
Esta aprobación reconocerá el derecho de los Pueblos Indígenas al uso de la medicina natural tradicional en forma preventiva y curativa como la utilizaron nuestros antepasados y de manera colectiva, a comercializar y patentar dicha medicina.
Reconoce el derecho indígena basado en nuestras costumbres y tradiciones es decir, en nuestras cosmovisiones como fuente de derecho y aplicación, compatible con el ordenamiento jurídico nacional.
Esta petición se basa en la consulta hecha a nuestras comunidades
La Asamblea Legislativa convocó a consulta el expediente de ley 14.352, la misma Asamblea y otras instituciones estatales como el Tribunal Supremo de Elecciones y la Defensoría de los Habitantes, así como diversos organismos cooperantes, dispusieron de recursos económicos, logísticos y humanos que hicieron posible un proceso de Consulta que abarcó los 24 Territorios Indígenas del País.
El proyecto de ley responde a una iniciativa propia del movimiento indígena costarricense, elevado a la Asamblea Legislativa; que viene siendo impulsado desde 1992 por personas y organizaciones indígenas que queremos nuestro bienestar, proceso en el que venimos contando con el acompañamiento solidarios de personas y organizaciones no indígenas.
El Proyecto ha sido consultado en nuestros territorios conforme al Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio 169 de la OIT) aprobado por Costa Rica mediante la ley número 7316 (aprobado en Costa Rica por Ley Nº 7316 el 3 de noviembre de 1992 y publicado en La Gaceta Número 234 del 4 de diciembre de 1992) y que ha contado y cuenta con apoyo de diferentes partidos políticos en la Asamblea Legislativa.
El proyecto de ley ha recibido el apoyo de siete fracciones parlamentarias en la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativas. En la Comisión fueron aprobadas las mociones presentadas por los Delegados de nuestros Territorios Indígenas y se recibió el compromiso de esos grupos de llevar adelante esta iniciativa.
El proyecto ha sido elevado al Plenario Legislativo de ahí devuelto a la Comisión de Sociales, donde se encuentra actualmente.
Pero además, es bueno saber que Costa Rica es de los países que más tiempo ha dedicado a la discusión de este tema, durante 15 años los Pueblos Indígenas hemos luchado para su aprobación y lograr con ello el reconocimiento a nuestra autonomía. Otros países en Latinoamérica han dado ese paso histórico. Brasil lo hizo en 1991, Perú en 1993, Nicaragua en 1995, Bolivia en 1994, Venezuela en 1999, para citar algunos ejemplos.
Señoras Diputadas, Señores Diputados
Los indígenas somos los primeros habitantes de Costa Rica
Somos ciudadanos costarricenses y tenemos derechos en el Estado Nacional
Son 15 años de que nuestro Proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas, Expediente 14.352 se tramita en la Asamblea Legislativa y nosotros esperando pacientemente
El Poder Legislativo, pese a nuestras gestiones no ha tenido la voluntad de convocar nuestro Proyecto de Ley a Sesiones Extraordinarias
Es hora que nuestro proyecto sea la prioridad No. 1, ocupe el primer lugar de la agenda legislativa a partir de este 01 de setiembre que inicia el periodo de sesiones ordinarias, sea discutido y aprobado como Ley de la República.
A partir de esta fecha la presencia indígena será cada vez más constante y más numerosa ante la Asamblea Legislativa mientras no se apruebe nuestro proyecto de ley.
EL Proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas ha llenado los requisitos del debido proceso, lo que nos facilita el derecho de presentar el caso ante las instancias internacionales competentes, de no se aprobado en esta ocasión.
San José, Costa Rica, 01 de setiembre 2009