LOC1 Hay un refrán que dice “el que paga la fiesta pone los músicos”, y parece ser que la clase político-empresarial del país ha sido y es experta en llevar a la práctica este dicho popular, y para que nos quede más claro el por qué , vamos a repasar un escándalo un poco añejo, pero que días atrás despertó nuevamente el interés de algunos.
LOC2 A mediados del mes pasado, el ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez, hermano del presidente Arias, presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional, tras conocer un nuevo informe de la Contraloría General de la República que hace referencia a algunas de las contrataciones efectuadas en el marco de las dos cooperaciones financieras no reembolsables aportadas por el BCIE en beneficio del Gobierno de Costa Rica.
LOC3 Recordemos que fueron 2 millones de dólares dispuestos por el Banco Centroamericano de Integración Económica, para contratar asesores de confianza. Después se conoció que fueron 84 los contratos realizados con ese dinero, el cual Rodrigo Arias prefirió dejarlo en las cuentas del BCIE, para – y escuche bien esto -“evitarse” las complicaciones que implica el manejo de dineros del sector público.
LOC1 Y bueno, ya todo lo demás es historia: Rodrigo contrató a sus amigos, conocidos y demás amigos de amigos para que le brindaran consultorías al Ministerio de la Presidencia y a todas y todos les pagó sumas millonarias por sus servicios profesionales, gastándose casi un millón 600 mil dólares en consultorías para imagen, prensa y consejería legal; también le pagó a varios asesores legislativos, a un mensajero y hasta para músico le alcanzó la plata.
LOC2 Y a pesar de que aquello ¡no olía para nada bien! el Área de Servicios Sociales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República elaboró una investigación sobre este caso, emitiendo un informe el 22 de octubre en donde determinó que: “en virtud de que la modalidad de ejecución acordada entre el BCIE y el Ministerio de la Presidencia, fue la de una cooperación financiera no reembolsable en bienes y servicios de hasta un millón de dólares para cada convenio, los fondos aportados por ese Banco conservan su naturaleza de fondos públicos internacionales, razón por la cual no le aplica la normativa interna de nuestro país”.
LOC3 Sin embargo, por alguna razón que aún desconocemos, pero que de fijo no es la conciencia de nadie, la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República, en resolución del 2 de febrero del 2009, decidió la apertura de un procedimiento administrativo de la hacienda pública contra el Ministro de la Presidencia. Posteriormente, el pasado 10 de febrero de 2009, la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República emitió un segundo informe respecto de este tema.
LOC1 Y Rodrigo Arias, muy indignado porque cómo que otra vez con la majadería de la platilla que el BCIE les regaló, informó que “en pleno ejercicio de sus derechos constitucionales presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional “por irregularidades en el traslado de cargos y violación del debido proceso” en la pretensión del órgano director del procedimiento de la Contraloría de abrirle un proceso administrativo.
LOC2 Y agregó que “la donación del BCIE consistió en bienes y servicios en beneficio de programas de interés público del Gobierno de la República. La administración de los recursos y la ejecución de la cooperación estuvo a cargo en forma exclusiva del donante. Además, los recursos del BCIE no son fondos públicos ni fondos de origen público para los efectos de su administración y fiscalización; y que además, en la normativa nacional no existen disposiciones que regulen las donaciones de personas jurídicas internacionales de bienes y servicios, y estas se rigen por los términos convenidos entre las partes. La hacienda pública está integrada únicamente por los fondos públicos y por tanto, el régimen disciplinario existente se vincula a ese concepto.
LOC3 Y la Sala Constitucional le da la razón al Rodrigo Arias sosteniendo que “Tal y como lo señala el señor Arias Sánchez, efectivamente, este órgano contralor es el encargado de la fiscalización superior de la Hacienda Pública, encargo realizado por el Constituyente y posteriormente regulado por el legislador. También, resulta ajustado a la realidad que la competencia material de la Contraloría General de la República encuentra sus límites en el concepto de Hacienda Pública”.
LOC1 La misma División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría ha reconocido que “nuestro ordenamiento carece de disposiciones específicas que regulen lo relacionado con la percepción de cooperaciones no reembolsables que sean dadas en asistencia técnica, bienes y servicios”
LOC2 Y como no hay ningún instrumento legal que norme el uso de donaciones de entes privados al Gobierno, acá pueden hacer una piñata y reventarla donde mejor les parezca sin darle cuentas a nadie. Por lo tanto, si algún funcionario público fuera llamado a rendir cuentas por “mal manejo de donaciones” no enfrentaría una causa penal, ni civil, sería más bien una amonestación personal o sugerencia de que la próxima vez que se embolse plata lo haga como los grandes: sin dejar rastros.
LOC3 Ellos escriben las leyes, y se las hacen a la medida, piensan en todo, no se les pasa nada, por eso es que les queda como anillo al dedo el viejo refrán: ellos tienen la plata y ponen la música que más les suena.
LOC1 Lo que pasa señores y señoras, es que nosotras y nosotros, no bailamos ese ritmo.